En los últimos tiempos son muchas las consultas y varios los procedimientos que hemos entablado en nuestro despacho respecto a la modificación de medidas adoptadas en procedimientos de separación y divorcio, básicamente la relativa a la pensión de alimentos.
Ciertamente hemos podido constatar que pese a lo que pueda parecer a priori, nuestros jueces, están muy sensibilizados con las nuevas realidades y situaciones económicas en la que se encuentran muchas familias de nuestro entorno. No queremos decir con eso que se abogue por una rebaja indiscriminada en las cuantías de las pensiones de alimentos, pero si que se accede a un estudio más o menos pormenorizado de la capacidad económica del que la presta y de las necesidades del que la recibe.
Como suele explicar Javier Azabal, de forma muy gráfica, cuando asesora a nuestros clientes en este tipo de materias, una modificación de medidas se plantea como una comparación entre dos fotos, una, la del momento en que se adoptó la pensión de alimentos y la segunda la del momento en que se pretende adoptar aquella. Si han aparecido cambios, de tal entidad, tanto en el que presta la pensión como en el que la recibe, que deban acarrear aquella modificación, sin duda alguna, el Juez/a accederá a una rebaja de la misma, siempre ponderando, nuevas capacidades de uno y necesidades del otro.
A grandes rasgos, podríamos decir que para que esas nuevas situaciones generen una modificación en la pensión de alimentos, deberán ser posteriores al establecimiento de la pensión, que no sea un situación intrascendente o irrelevante, que sean permanentes y duraderas en el tiempo, es decir, que no sea algo meramente puntual y además que aquellas nuevas situaciones no dependan única y exclusivamente de la voluntad del que deba prestar la pensión de alimentos.
Siempre quedará a consideración del Juez/a la concurrencia o no de aquellos requisitos pero lo que si es claro es que existe, como decíamos, una gran sensibilización al respecto mediante un talante más dialogante y abierto al pacto que permita ajustarse más al caso concreto entre necesidades y capacidad económica.
Comentarios recientes