¿LA ESTAFA IDEAL?
¿Qué me dirían si les vendiera el templo de la Sagrada Familia por un módico precio? Imposible. Pero si me lo compraran, ¿se sentirían realmente estafados?.
El artículo 248 del Código Penal en su punto primero señala que “cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.”
Con ello indica que el Derecho penal persigue a todo aquél que cometa delito de estafa siempre y cuando en ella se cumplan determinados requisitos, estos son:
- Engaño bastante: Toda manifestación externa –verbal, escrita, mediante signos o gestos- contraria a la verdad.
- Error: Falsa representación de la realidad motivada por el engaño.
- Acto de disposición patrimonial: Cualquier tipo de acto con trascendencia jurídica o económica; y,
- Perjuicio patrimonial: Cuando se frustra el fin económico-social pretendido con el acto de disposición.
Volviendo al caso, existe claramente en el acto de vender tal significativo bien un “error”, se ha hecho creer en la apariencia de veracidad que rodea al vendedor en sus actuaciones. También existe un “acto de disposición patrimonial” del comprador al simpático vendedor; y sí, también ha existido un “perjuicio patrimonial” del comprador a la hora de darse cuenta de que en realidad no ha comprado nada, no ha adquirido el prometido bien y además tendrá el rapapolvo de su cónyuge cuando se dé cuenta del agujero en la cuenta común.
Sin embargo, en el mismo supuesto se plantea si realmente ha existido “engaño bastante”, suponiendo que el receptor sea una persona de a pie, con sus facultades mentales plenas, que no le impidan conocer el significado y consecuencia de sus actos. Es la esencia de una sentencia condenatoria. Debe ajustarse a la realidad y al sentido común. En el aspecto técnico, han de darse todos los elementos del delito, de lo contrario sólo cabría una absolución.
Un reconocido catedrático de Derecho penal solía decir en sus clases: “La Ley protege a los débiles, no a los necios”.
Que cada cual saque sus conclusiones, obviamente a nadie se lograría estafar vendiéndole la Sagrada Familia.
Por cierto…
¿Conocen la historia de Victor Lustig? En 1925 hizo correr el rumor de que la marca –París– iba a ser desguarnecida y desmantelada; a ello puso diferentes bienes de la ciudad en concurso. André Poisson pagó una cantidad descomunal por la Torre Eiffel. Cuando descubrió la estafa ni lo denunció por vengüenza y dignidad…
Ltdo. Jordi García Alonso
ICAB 36.103
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